¿Qué opinan sobre la participación de profesionales no jurídicos en los procesos de abogacía colaborativa?

Buenos Aires, 3 de agosto de 2026
By Alberto Elisavetsky para odrla.com


¿Qué opinan sobre la participación de profesionales no jurídicos en los procesos de abogacía colaborativa?
Si le preguntamos a un abogado qué es un divorcio, nos hablará de bienes, de compensaciones, de responsabilidad parental.
Si le preguntamos a una familia que lo atraviesa, nos hablará de miedo, de culpa, de cómo va a pagar el alquiler el mes que viene y de cómo le explican a sus hijos que papá y mamá ya no viven juntos.
Esa brecha entre lo que el derecho ve y lo que el cliente vive es la razón por la cual la abogacía colaborativa necesita, sí o sí, a los profesionales no jurídicos.
No se trata de sumar gente a una reunión. Se trata de completar el mapa del conflicto.


Cada profesión no jurídica aporta una pieza que el abogado, por excelente que sea, no tiene:
1. Los profesionales de la salud mental - Psicólogos, trabajadores sociales, terapeutas familiares
Son los que regulan la temperatura emocional de la sala. Mientras los abogados trabajan sobre el acuerdo, ellos trabajan sobre la posibilidad de acordar.
2. Los profesionales de las ciencias económicas - Contadores, administradores, asesores financieros
Son los que traducen el conflicto a viabilidad. ¿De qué sirve un acuerdo jurídicamente impecable si es impagable impositivamente?
3. Los especialistas en infancia y adolescencia
Son la voz de los que no están sentados a la mesa, pero son los más afectados por lo que ahí se decide.
4. Los coaches, mediadores y facilitadores de comunicación
Son los que mejoran la calidad de la conversación. En conflictos societarios o de empresa familiar, donde el problema no es el balance sino que hace 10 años que no se hablan claro, su intervención destraba lo que el derecho no puede.


¿Cuáles son los verdaderos PROS?
Acuerdos más completos, más humanos y que se cumplen.

Porque atienden las tres dimensiones del conflicto:

  • la legal,
  • la económica
  • y la emocional.
  • Y menos judicialización futura.


¿Y los CONTRAS?

  1. Si no hay reglas claras. Todos deben firmar el mismo acuerdo de participación colaborativa, con la misma confidencialidad y cláusula de descalificación.
  2. Si hay confusión de roles. El psicólogo no da consejo legal. El contador no hace terapia. Se necesita formación en equipo.
  3. Si se transforma en un costo y no en una inversión. No todos los casos necesitan a los 5 profesionales en todas las reuniones. Un buen modelo es flexible.

Mi conclusión
La abogacía colaborativa no deja de ser abogacía por sumar a otros profesionales. Se vuelve más abogacía. El conflicto humano es por naturaleza interdisciplinario. Y por lo tanto, la solución también debe serlo.


¿Ustedes ya integran equipos interdisciplinarios en sus prácticas?

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